La Comisión Europea abre una investigación de ayudas estatales sobre el pago por España de un laudo extra-UE bajo el TCE

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El 4 de agosto de 2026, la Comisión Europea abrió una investigación en profundidad de ayudas estatales (Caso SA.102404) sobre un laudo dictado bajo el Tratado sobre la Carta de la Energía que ordena a España indemnizar a JGC Holdings Corporation, un inversionista japonés, por los efectos adversos de la modificación en 2013 de su régimen de apoyo a la electricidad renovable. El laudo de 2021 fijó la indemnización en EUR 23,5 millones más intereses y costos, y España informó a la Comisión que pagó a Blasket Renewable Investments, el fondo estadounidense al que se había cedido el laudo. La opinión preliminar de la Comisión es que el laudo y, en todo caso, su ejecución constituyen ayuda estatal en el sentido del artículo 107(1) del TFUE, y se apoya en su aprobación de 2017 del régimen modificado, que señalaba que la indemnización otorgada por tribunales arbitrales por dicha modificación constituiría en sí misma una ayuda sujeta a notificación. No obstante, la investigación es la primera en tratar el pago de un laudo en poder de un inversionista no perteneciente a la UE como una ayuda potencialmente ilegal. La jurisprudencia Achmea, Komstroy y Micula había circunscrito la incompatibilidad del arbitraje inversionista-Estado con el derecho de la UE a las controversias intra-UE, y España, con el respaldo de la Comisión, se niega a pagar los laudos intra-UE derivados de las mismas reformas, mientras que honró este. Se ha sostenido que una decisión confirmatoria impediría a los Estados miembros pagar laudos a inversionistas de fuera de la UE y obligaría a los beneficiarios a devolver las sumas recibidas, privando de efecto práctico al arbitraje contra los Estados miembros y dejando sin garantía de pago a los aproximadamente 1.200 tratados bilaterales de inversión entre Estados miembros y terceros países, así como a los propios acuerdos de la UE.