Tribunal del CIADI desestima caso de expropiación contra Venezuela por razones jurisdiccionales
Fábrica de Vidrios Los Andes, C.A. et Owens-Illinois de Venezuela, C.A. c. la République bolivarienne du Venezuela, Affaire CIRDI n° ARB/12/21
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Fábrica de Vidrios Los Andes, C.A. et Owens-Illinois de Venezuela, C.A. c. la République bolivarienne du Venezuela, Affaire CIRDI n° ARB/12/21
La futura puesta en marcha del Centro puede generar escepticismo, ya que su funcionamiento podría menospreciar estándares internacionales en favor de parámetros regionales y ello, a su vez, provocar una mayor inestabilidad en la región. Desde otra perspectiva, la creación del Centro podría, no obstante, aumentar la legitimidad y la popularidad de los mecanismos de solución de controversias inversionista-Estado en los países miembros de UNASUR, al implementarse las novedades procesales y sustantivas contenidas en el AC. ¿Cuáles son las novedades procesales y sustantivas contenidas en el Proyecto de Acuerdo Constitucional?
Argentina y Ecuador ahora tienen mucha experiencia en la solución de disputas entre inversionistas y estados y han tenido éxito en la defensa de los intereses nacionales contra las reclamaciones de los inversores. Las lecciones de estas experiencias podrían beneficiar a otros países, particularmente a los países en desarrollo, en el desarrollo de sus estrategias de defensa legal.