{"id":16497,"date":"2025-09-04T14:48:39","date_gmt":"2025-09-04T12:48:39","guid":{"rendered":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/?p=16497"},"modified":"2026-01-19T16:06:24","modified_gmt":"2026-01-19T15:06:24","slug":"el-tribunal-una-fuerte-exposicion-de-la-distancia-del-arbitraje-de-las-inversiones-y-su-indiferencia-frente-a-las-realidades-de-vida-anil-yilmaz-vastardis-tara-van-ho","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/2025\/09\/04\/el-tribunal-una-fuerte-exposicion-de-la-distancia-del-arbitraje-de-las-inversiones-y-su-indiferencia-frente-a-las-realidades-de-vida-anil-yilmaz-vastardis-tara-van-ho\/","title":{"rendered":"El Tribunal: Una fuerte exposici\u00f3n de la distancia del arbitraje de las inversiones y su indiferencia frente a las realidades de vida"},"content":{"rendered":"<p><em>The Tribunal<\/em> es un documental fascinante sobre la resistencia de las comunidades de la regi\u00f3n de Intag en Ecuador frente a un proyecto minero de exploraci\u00f3n de cobre que estaba afectando sus tierras, bosques, cursos de agua, biodiversidad y medios de subsistencia, haciendo frente a la opresi\u00f3n tanto de la empresa minera como de las autoridades p\u00fablicas. El documental saca a la luz c\u00f3mo las comunidades, cuyas vidas y medios de subsistencia se encontraban en riesgo, fueron excluidas del proceso de arbitraje internacional. Este proceso consisti\u00f3 en determinar si la empresa minera ten\u00eda derecho a recibir compensaci\u00f3n luego de que el Gobierno ecuatoriano cancelara su licencia minera por no haber consultado adecuadamente a las comunidades de Intag. En lugar de consultar a las comunidades afectadas, la empresa recurri\u00f3 a la fuerza y la intimidaci\u00f3n, presentando demandas estrat\u00e9gicas contra la participaci\u00f3n p\u00fablica y contratando a paramilitares que atacaron f\u00edsicamente a los miembros de la comunidad, adem\u00e1s de dispararles con armas de fuego y rociarlos con gases lacrim\u00f3genos. <em>The Tribunal<\/em> deber\u00eda ser un material indispensable para cualquiera que trabaje en el \u00e1mbito del derecho internacional de las inversiones y de las empresas y los derechos humanos, pero sobre todo para los \u00e1rbitros y profesionales del derecho y el arbitraje en materia de inversiones.<\/p>\n<p>En esta breve rese\u00f1a, abordamos dos temas que <em>The Tribunal<\/em> destaca con contundencia: la distancia que existe entre el arbitraje de la inversiones y la realidad que viven las comunidades afectadas y la invisibilizaci\u00f3n de los impactos en los derechos humanos y el medio ambiente.<\/p>\n<h2><strong>Distancia<\/strong><\/h2>\n<p><em>The Tribunal<\/em> trae a la luz la distancia que existe entre los procedimientos de arbitraje de las inversiones y la realidad que viven las comunidades afectadas en varios niveles \u2014la distancia f\u00edsica, la distancia epistemol\u00f3gica y la distancia cultural.<\/p>\n<p>El <a href=\"https:\/\/www.italaw.com\/sites\/default\/files\/case-documents\/italaw7443.pdf\">tribunal arbitral<\/a> que fall\u00f3 en la demanda de Copper Mesa contra Ecuador estuvo compuesto por tres hombres blancos europeos (el Dr. Bernardo Cremades, el Juez Bruno Simma y V. V. Veeder, QC), con sede en la Haya y Washington, DC. Cuando Cecilia, una activista ambiental, habla sobre esto en <em>The Tribunal<\/em>, subraya que el proceso estuvo muy alejado de la visi\u00f3n de la comunidad, al desarrollarse en Estados Unidos, Inglaterra y Europa, y no en Ecuador ni cerca de la comunidad afectada de la regi\u00f3n de Intag. El procedimiento y el laudo final se dictaron en ingl\u00e9s, y el laudo no se tradujo oficialmente al espa\u00f1ol. La ubicaci\u00f3n del procedimiento, los antecedentes de los \u00e1rbitros y la falta de traducci\u00f3n del laudo provoc\u00f3 que los miembros de la comunidad afectada quedaran excluidos del proceso y de la documentaci\u00f3n que contiene los impactos que sufrieron.<\/p>\n<p>Los reclamos de las comunidades solo se presentaron desde la perspectiva de las partes contendientes, Copper Mesa y Ecuador, en la medida en que dichos reclamos guardaban relaci\u00f3n con las demandas o alegatos de defensa. En <em>The Tribunal<\/em>, el organizador comunal, Jos\u00e9 Cueva, cuenta la historia sobre los tres abogados europeos, representantes de Ecuador, que fueron a visitarlos y pidieron a varios miembros de la comunidad que viajaran a Washington, DC, para dar testimonio como parte de la defensa de Ecuador. Estuvieron de acuerdo en declarar sobre los abusos de derechos humanos que sufrieron y viajaron a Washington, DC para apoyar la defensa de su pa\u00eds, a pesar de que en ese momento estaban siendo procesados por las autoridades debido a su oposici\u00f3n a la miner\u00eda en la regi\u00f3n. Pasaron varios d\u00edas sentados en las oficinas del <span class='tooltipsall tooltipsincontent classtoolTips26'>CIADI<\/span> esperando a ser llamados por el tribunal para dar testimonio. Nunca los llamaron y volvieron a casa sin haber tenido la posibilidad de relatar al tribunal c\u00f3mo fueron perjudicados por Copper Mesa. Tampoco se les dio una raz\u00f3n por la cual no fueron escuchados.<\/p>\n<p>Por el contrario, el <a href=\"https:\/\/www.italaw.com\/sites\/default\/files\/case-documents\/italaw7443.pdf\">laudo real<\/a> del tribunal cita como \u201ctestigo fidedigno\u201d a Gerald Davis, Presidente y CEO de Copper Mesa desde 2004, quien \u201cno particip\u00f3 en las concesiones de la demandante en Ecuador. No habla espa\u00f1ol; y no hab\u00eda trabajado anteriormente en Ecuador\u201d (p\u00e1rrafo 4.5). Pero ten\u00eda m\u00e1s de 30 a\u00f1os de experiencia en el sector minero. El conocimiento de los miembros de la comunidad que podr\u00eda haberse aprovechado en la soluci\u00f3n de la controversia de Copper Mesa \u2014en la que los reclamos de la comunidad eran fundamentales\u2014 qued\u00f3 al margen del procedimiento. Su experiencia solo se cont\u00f3 desde la perspectiva del inversor y del Gobierno. Los encargados de la toma de decisiones y del procedimiento en s\u00ed mismo estaban lejos de la realidad de las comunidades, tanto f\u00edsica, como epistemol\u00f3gica y culturalmente. Jos\u00e9 R\u00edvera, agricultor y educador, lo expresa acertadamente cuando dice, \u201clos acontecimientos no sucedieron en Washington, ocurrieron aqu\u00ed, en Intag, Ecuador. Si el tribunal hubiera venido aqu\u00ed, podr\u00eda haber sentido lo que realmente estaba pasando, creo que sus decisiones habr\u00edan sido muy diferentes\u201d.<\/p>\n<p>En gran medida, el arbitraje de inversi\u00f3n debe su legitimidad a su pretensi\u00f3n de imparcialidad y despolitizaci\u00f3n de las controversias de inversi\u00f3n. Las experiencias de las comunidades locales exhibidas en <em>The Tribunal<\/em> muestran que la pretensi\u00f3n de imparcialidad y despolitizaci\u00f3n perpet\u00faa el distanciamiento entre los procedimientos jur\u00eddicos y las comunidades perjudicadas y lleva a la invisibilizaci\u00f3n de sus derechos, reclamos y opiniones.<\/p>\n<h2><strong>Supresi\u00f3n de los abusos contra los derechos humanos<\/strong><\/h2>\n<p>La distancia causada por la falta de traducci\u00f3n del laudo final se ve agravada por la aparente supresi\u00f3n de los abusos de derechos humanos por parte del tribunal.<\/p>\n<p>En <em>The Tribunal<\/em>, Silvia Quilumbango, ambientalista y profesora universitaria, hojea el laudo final, el cual <a href=\"https:\/\/www.italaw.com\/cases\/4206\">fue y sigue siendo censurado<\/a>, incluso para las v\u00edctimas. Es la primera vez que lee la decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cGran parte est\u00e1 tachado. \u00bfQu\u00e9 es lo que quieren ocultar?\u201d<\/p>\n<p>Las versiones suprimidas parecen estar relacionadas con la peor conducta del inversor. Pasa a una secci\u00f3n titulada, \u201cLos incidentes en la aldea de Chalguayaco Alto\u201d, y luego a p\u00e1ginas del texto tachado.<\/p>\n<p>\u201cEn otras palabras, donde sufrimos las peores violaciones de nuestros derechos\u201d.<\/p>\n<p>Se puede ver c\u00f3mo intenta lidiar con la posibilidad de que el tribunal haya malentendido la gravedad de lo que ella y su comunidad padecieron.<\/p>\n<p>\u201cPorque fue una semana de terror. Porque no fue s\u00f3lo un d\u00eda, fue toda una semana. Y los incidentes continuaron \u2026 Y la informaci\u00f3n est\u00e1 censurada. Wow. Que locura saber que todo lo que pas\u00f3, nadie puede saberlo. Nadie.\u201d<\/p>\n<p>Una \u201cresidente de Intag, activista contra la miner\u00eda\u201d llamada Silvia Betancourt aparece en la lista del tribunal como \u201cpersonaje dram\u00e1tico\u201d pero nunca vuelve a aparecer en el texto. No est\u00e1 sola. Mary Ellen Fieweger, Hector Flores y Sixta Le\u00f3n tambi\u00e9n figuran en la lista como \u201cpersonajes dram\u00e1ticos\u201d pero el laudo no vuelve a mencionarlos. S\u00f3lo cabe presumir que sus vidas \u2014el relato sobre sus vidas\u2014 se encuentran tachados.<\/p>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de la degradante noci\u00f3n de \u201cpersonaje dram\u00e1tico\u201d \u2014un t\u00e9rmino que tiene una connotaci\u00f3n de una novela u obra de teatro, m\u00e1s que de la vida real de las personas\u2014 la invisibilizaci\u00f3n de sus vidas y de los abusos contra los derechos humanos que sufrieron es desconcertante. Hay que admitir que resulta dif\u00edcil determinar con exactitud cu\u00e1nto influyeron realmente estos abusos en la decisi\u00f3n del tribunal, ya que el laudo final est\u00e1 muy censurado. Es posible que bajo p\u00e1ginas y p\u00e1ginas de l\u00edneas tachadas, el tribunal haya reprendido a la empresa por su conducta. Esto plantea una pregunta significativa: \u00bfsi los abusos solo se reconocen de forma privada pero se ocultan al p\u00fablico: realmente importa?<\/p>\n<p>La verdadera supresi\u00f3n f\u00edsica de los abusos de derechos humanos en el laudo <em>Copper Mesa<\/em> \u2014y la sensaci\u00f3n de la comunidad de que los abusos fueron sustancialmente eliminados\u2014 tiene consecuencias significativas tanto para el caso espec\u00edfico de los residentes de Intag como para la tensi\u00f3n m\u00e1s amplia que existe entre los derechos humanos y el derecho de las inversiones.<\/p>\n<p>En primer lugar, suprimir los abusos contra los derechos humanos sugiere que no ocupaban un lugar central en el caso, aunque s\u00ed lo hac\u00edan. Las comunidades de Intag ten\u00edan un <a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=QRinnhejBIw&amp;ab_channel=CarlosZorrilla\">historial de oposici\u00f3n<\/a> a los proyectos mineros que <a href=\"https:\/\/10isdsstories.org\/es\/\">anteced\u00eda al de Copper Mesa<\/a>. La oposici\u00f3n no es infundada; se relaciona con la preocupaci\u00f3n de las comunidades por el impacto en sus fuentes de <a href=\"https:\/\/www.ohchr.org\/es\/water-and-sanitation\/international-standards-relating-water-and-sanitation\">agua<\/a>, su <a href=\"https:\/\/www.ohchr.org\/es\/special-procedures\/sr-environment\">medio ambiente<\/a>, su <a href=\"https:\/\/www.ohchr.org\/es\/special-procedures\/sr-cultural-rights\/international-standards\">cultura<\/a> y sus <a href=\"https:\/\/www.ohchr.org\/es\/instruments-mechanisms\/instruments\/international-covenant-economic-social-and-cultural-rights\">medios de subsistencia<\/a>.<\/p>\n<p>La empresa era consciente, o deber\u00eda haberlo sido, de que si hubiera actuado con debida diligencia, habr\u00eda tenido una mejor recepci\u00f3n de la comunidad. Como se detalla en la sentencia (p\u00e1rrafo 4.26), en una investigaci\u00f3n previa sobre la situaci\u00f3n, la Agencia de Cooperaci\u00f3n Internacional japonesa hab\u00eda concluido que<\/p>\n<blockquote><p>Ser\u00e1 necesario proporcionar a los habitantes suficientes explicaciones sobre el avance del proceso de reasentamiento, para garantizar la seguridad en los lugares de reasentamiento y obtener el consentimiento de los habitantes. En caso de no llegar a un acuerdo para relocalizar a los habitantes, ser\u00e1 necesario modificar el plan de desarrollo.<\/p><\/blockquote>\n<p>Sin embargo, tal como se concluye en la decisi\u00f3n del tribunal, la empresa no intent\u00f3 ganarse el apoyo de la poblaci\u00f3n local. Al contrario, en la decisi\u00f3n se deja claro (tal vez inadvertidamente) que la empresa sac\u00f3 ventaja de la divisi\u00f3n entre los miembros de la comunidad que estaban \u201ca favor de la miner\u00eda\u201d y \u201cen contra de la miner\u00eda\u201d para hacer caso omiso de la oposici\u00f3n (p\u00e1rrafos 4.74, 4.76, 4.96). La decisi\u00f3n no aborda en qu\u00e9 medida la empresa cre\u00f3 o impuls\u00f3 esta discordia en la comunidad. En lugares que pueden ser hostiles a la miner\u00eda, no es raro que las empresas busquen la oportunidad de crear divisiones dentro de la comunidad. Esto puede traducirse en incentivos financieros o de empleo y promesas a determinados miembros. En ocasiones, esas <a href=\"https:\/\/www.iied.org\/sites\/default\/files\/pdfs\/migrate\/G00901.pdf\">promesas<\/a> se cumplen, pero a menudo no es as\u00ed.<\/p>\n<p>El ocultamiento de las violaciones sirve para reducir o limitar el grado de preocupaci\u00f3n que se espera que los lectores de la decisi\u00f3n tengan por cualquier persona que no sea el inversor. Como lectores de la decisi\u00f3n, no nos corresponde preocuparnos por las violaciones o responsabilizar al inversor. El conflicto en Intag reside en la voluntad de la empresa de entrar en una regi\u00f3n ignorando intencionalmente la oposici\u00f3n y preocupaci\u00f3n p\u00fablica. La posterior violencia se suma a la falta de consulta. El ocultamiento de la violencia sirve para atenuar la culpabilidad de la empresa \u2014o absolverla por completo\u2014 y convierte al tribunal en c\u00f3mplice de esa violencia.<\/p>\n<p>M\u00e1s ampliamente, la supresi\u00f3n f\u00edsica de los derechos humanos en este caso refleja una eliminaci\u00f3n m\u00e1s amplia de los derechos humanos en el derecho de las inversiones. El derecho de las inversiones <a href=\"https:\/\/brill.com\/view\/journals\/jwit\/24\/3\/article-p398_3.xml?language=en\">a menudo ha ignorado o minimizado<\/a> los conflictos con los derechos humanos. Este razonamiento var\u00eda en las distintas decisiones, pero el resultado es que el derecho de las inversiones a menudo no se preocupa por los derechos humanos m\u00e1s all\u00e1 de los que corresponden a los inversores. Al hacer esto, esta rama del derecho <a href=\"https:\/\/scholarship.law.columbia.edu\/sustainable_investment_staffpubs\/3\/\">en ocasiones puede llegar a recompensar<\/a> a las empresas por ignorar los derechos humanos. Pero al suprimir f\u00edsicamente las peores violaciones de derechos humanos frente al p\u00fablico, la decisi\u00f3n del tribunal subraya el tratamiento que el derecho de las inversiones otorga a los derechos humanos como una serie de cuestiones secundarias en lugar de ser fundamentales para la toma de decisiones.<\/p>\n<p>La predisposici\u00f3n del derecho de las inversiones en general, y de este tribunal en particular, para desestimar las violaciones de derechos humanos socava cualquier reclamo de legitimidad que podr\u00eda tener el derecho de las inversiones para abordar conflictos jur\u00eddicos graves y multifac\u00e9ticos. O, tal como pregunta Silvia, \u201cEntonces, qu\u00e9 sentido tiene este tipo de arbitraje?\u201d<\/p>\n<h2><strong>Despu\u00e9s de Copper Mesa<\/strong><\/h2>\n<p>La historia no empieza ni termina con la decisi\u00f3n del tribunal de conceder a Copper Mesa USD 24 millones en concepto de da\u00f1os y perjuicios, despu\u00e9s de deducir el 30% por una de las dos concesiones en la que los actos y omisiones negligentes de Copper Mesa contribuyeron a la rescisi\u00f3n de la concesi\u00f3n. Tal como mencionamos anteriormente, la historia de resistencia a la miner\u00eda en Intag es <a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=QRinnhejBIw&amp;ab_channel=CarlosZorrilla\">anterior<\/a> a Copper Mesa; tambi\u00e9n contin\u00faa m\u00e1s all\u00e1 de ese cap\u00edtulo. Tras la salida de la empresa, la actividad minera en la zona no se detuvo, ni tampoco la resistencia a la miner\u00eda. El proyecto se adjudic\u00f3 a una empresa conjunta entre las empresas estatales de Chile y Ecuador. En marzo de 2023 hubo una luz de esperanza, cuando las comunidades obtuvieron <a href=\"https:\/\/news.mongabay.com\/2023\/03\/ecuador-court-upholds-rights-of-nature-blocks-intag-valley-copper-mine\/\">una importante victoria<\/a> en el Tribunal Provincial de Imbabura, que anul\u00f3 las licencias mineras de los proyectos y dictamin\u00f3 que las dos empresas mineras que operaban la empresa conjunta hab\u00edan violado el derecho a la consulta y los derechos de la naturaleza garantizados bajo la Constituci\u00f3n ecuatoriana.<\/p>\n<p>Pero la amenaza de la miner\u00eda en la regi\u00f3n contin\u00faa, y la <a href=\"https:\/\/news.mongabay.com\/2023\/03\/ecuador-court-upholds-rights-of-nature-blocks-intag-valley-copper-mine\/\">posibilidad<\/a> de nuevas concesiones mineras preocupa a las comunidades. <em>The Tribunal<\/em> saca a la luz c\u00f3mo el <a href=\"https:\/\/press.princeton.edu\/books\/hardcover\/9780691178974\/the-code-of-capital\">c\u00f3digo de capital<\/a> ejerce violencia estructural en las comunidades afectadas por la actividad minera. Las comunidades deben mantener la resistencia en todos los frentes de la batalla jur\u00eddica y pol\u00edtica, a pesar de que las cartas se repartan de forma injusta en contra de sus derechos y reclamos. La defensora de la naturaleza Cenaida Guachagmira lo expresa contundentemente al final de <em>The Tribunal<\/em>: \u201cAunque nos hacen sufrir todos los d\u00edas, tenemos que compensarlos. Es notable lo injustas que son las leyes\u201d.<\/p>\n<hr \/>\n<h3><strong>Autores<\/strong><\/h3>\n<p>Anil Yilmaz Vastardis es profesor titular de la Facultad de Derecho y el Human Rights Centre de Essex y Director del Proyecto de Empresas y Derechos Humanos de Essex.<\/p>\n<p>Tara Van Ho es profesora adjunta en la Facultad de Derecho de la Universidad de St. Mary.<\/p>\n<h3><strong>Nota<\/strong><\/h3>\n<p><em><a href=\"https:\/\/vimeo.com\/856405911\">El Tribunal<\/a><\/em>, dirigida por Malcolm Rogge, producida por el Columbia Center for Sustainable Investment, 2023.<\/p>\n<script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips26','Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips43','investor\u2013state dispute settlement'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips58','soluci\u00f3n de controversias inversionista-Estado'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips63','Bilateral investment treaty'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips67','Energy Charter Treaty'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips76','multilateral investment court'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips98','Chambre de commerce internationale'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips100','investissement direct \u00e9tranger'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips104','responsabilit\u00e9 sociale des entreprises'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips108','C\u00e1mara de Comercio Internacional'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips110','inversi\u00f3n extranjera directa'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips114','Sistema de Tribunales de Inversiones'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips116','European Commission'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips117','European Union'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips118','Union europ\u00e9enne'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips119','Uni\u00f3n Europea'); <\/script>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La nota de Anil Yilmaz Vastardis y Tara Van Ho tambi\u00e9n examina la representaci\u00f3n que el documental hace de la \u00abdistancia\u00bb entre el arbitraje de inversiones y las realidades vividas por las comunidades de la regi\u00f3n de Intag, Ecuador. Los autores explican esta distancia como f\u00edsica, epistemol\u00f3gica y cultural, demostrando c\u00f3mo el proceso legal \u2014desde la sede del procedimiento hasta la redacci\u00f3n del laudo final\u2014 excluye y borra sistem\u00e1ticamente las voces, experiencias y violaciones de derechos humanos que sufren las comunidades locales.<script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips63','Bilateral investment treaty'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips98','Chambre de commerce internationale'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips108','C\u00e1mara de Comercio Internacional'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips116','European Commission'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips118','Union europ\u00e9enne'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips119','Uni\u00f3n Europea'); <\/script><\/p>\n","protected":false},"author":34,"featured_media":16632,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[1252],"tags":[],"class_list":["post-16497","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-analysis"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16497","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/34"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=16497"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16497\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/16632"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16497"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16497"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=16497"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}