{"id":13022,"date":"2021-12-20T19:50:38","date_gmt":"2021-12-20T18:50:38","guid":{"rendered":"http:\/\/172.30.141.17\/2021\/12\/20\/enfoque-comparativo-de-la-compensacion-en-las-demandas-internacionales-sobre-el-derecho-a-la-propiedad-cuales-son-las-lecciones-para-el-derecho-internacional-de-las-inversiones-entrevista-con\/"},"modified":"2024-08-16T20:02:10","modified_gmt":"2024-08-16T18:02:10","slug":"enfoque-comparativo-de-la-compensacion-en-las-demandas-internacionales-sobre-el-derecho-a-la-propiedad-cuales-son-las-lecciones-para-el-derecho-internacional-de-las-inversiones-entrevista-con","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.iisd.org\/itn\/es\/2021\/12\/20\/enfoque-comparativo-de-la-compensacion-en-las-demandas-internacionales-sobre-el-derecho-a-la-propiedad-cuales-son-las-lecciones-para-el-derecho-internacional-de-las-inversiones-entrevista-con\/","title":{"rendered":"Enfoque comparativo de la compensaci\u00f3n en las demandas internacionales sobre el derecho a la propiedad: \u00bfCu\u00e1les son las lecciones para el derecho internacional de las inversiones?  Entrevista con la autora principal, Esm\u00e9 Shirlow."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-weight: 400;\">El aumento de los montos de compensaci\u00f3n concedidos en los laudos arbitrales en virtud de los tratados internacionales de inversi\u00f3n est\u00e1 suscitando un mayor escrutinio por los m\u00e9todos que utilizan los tribunales internacionales de inversi\u00f3n para otorgar a sumas \u2014en ocasiones asombrosas\u2014. A este respecto, surge una pregunta: \u00bfC\u00f3mo se est\u00e1n haciendo las cosas en otros foros? Un documento en curso del <span class='tooltipsall tooltipsincontent classtoolTips32'>IISD<\/span> procura responderla comparando los diferentes enfoques aplicados al otorgamiento de compensaci\u00f3n en casos del derecho internacional en materia de propiedad, presentados ante cortes y tribunales internacionales. Estos incluyen la Corte Permanente de Justicia Internacional, la Corte Internacional de Justicia y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, entre otros.\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Al comparar estos enfoques con los utilizados por los tribunales internacionales de inversi\u00f3n, el documento en curso procura extraer algunas consideraciones importantes sobre pol\u00edticas para la reforma fundamental de los principios de compensaci\u00f3n empleados en el contexto del arbitraje de los tratados internacionales de inversi\u00f3n.\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n<h1>Q: \u00bfCu\u00e1les son los objetivos del documento?<span style=\"font-weight: 400;\">\u00a0<\/span><\/h1>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Esm\u00e9 Shirlow, Profesora Adjunta de la Universidad Nacional de Australia (ES): El documento retoma un texto anterior del IISD (<\/span><a href=\"https:\/\/www.iisd.org\/publications\/iisd-best-practices-series-compensation-under-investment-treaties\"><span style=\"font-weight: 400;\">IISD Mejores Pr\u00e1cticas: Compensaci\u00f3n Bajo los Tratados de Inversi\u00f3n<\/span><\/a><span style=\"font-weight: 400;\">) donde se analizan los enfoques adoptados por los tribunales de inversi\u00f3n para otorgar compensaci\u00f3n. El documento del IISD sobre Mejores Pr\u00e1cticas sugiere que la pr\u00e1ctica de los tribunales de inversi\u00f3n difiere de aquella de otras cortes y tribunales internacionales y, por lo tanto, el prop\u00f3sito del nuevo texto es investigar este tema en mayor profundidad. Para hacerlo, el escrito examina los enfoques adoptados por seis cortes y tribunales internacionales diferentes para evaluar las demandas de reparaci\u00f3n y, espec\u00edficamente, de compensaci\u00f3n, que involucran alegatos de que un Estado ha interferido con los derechos a la propiedad privada de los individuos.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En el escrito, observamos la pr\u00e1ctica de diversas cortes y tribunales internacionales y analizamos de manera comparativa sus enfoques a la compensaci\u00f3n. En particular, analizamos los de mayor antig\u00fcedad, tales como la Corte Permanente de Justicia Internacional y la Corte de Justicia Internacional, as\u00ed como otros tribunales regionales, como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Tambi\u00e9n observamos la pr\u00e1ctica de reg\u00edmenes m\u00e1s especializados como el Tribunal Internacional del Derecho del Mar.<\/span><span style=\"font-weight: 400;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Con este documento esperamos exponer c\u00f3mo cada una de estas cortes y tribunales internacionales han analizado las demandas de compensaci\u00f3n en casos internacionales relativos a la propiedad privada. No solo observamos c\u00f3mo convergen sus pr\u00e1cticas entre unos y otros sino tambi\u00e9n con respecto a las de los tribunales de inversi\u00f3n. Tambi\u00e9n nos interesa exponer las diferencias o innovaciones en sus enfoques y c\u00f3mo podr\u00edan servir para estimular la innovaci\u00f3n en los reg\u00edmenes de arbitraje de inversi\u00f3n y su proceso de reforma en curso.\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n<h1>Q: \u00bfQu\u00e9 es lo m\u00e1s destacable para Ud. de algunos de los enfoques identificados?<span style=\"font-weight: 400;\">\u00a0<\/span><\/h1>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">ES: Una de las primeras cosas que llam\u00f3 nuestra atenci\u00f3n es c\u00f3mo cada una de estas cortes y tribunales de inversi\u00f3n, en general, han adoptado el est\u00e1ndar de reparaci\u00f3n aplicado bajo el derecho consuetudinario internacional. La mayor\u00eda de ellos respaldan la opini\u00f3n de que el incumplimiento de una obligaci\u00f3n internacional destinada a proteger los derechos a la propiedad privada de un individuo implica la exigencia de que el Estado infractor proporcione reparaci\u00f3n plena por cualquier p\u00e9rdida derivada de dicho incumplimiento. Esto ocurre incluso cuando una corte o tribunal internacional trabaja en un caso que hace referencia a un tratado que contiene un lenguaje diferente en torno a la reparaci\u00f3n. Por ejemplo, en el caso de la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el tratado en cuesti\u00f3n establece que cualquier violaci\u00f3n del mismo dar\u00e1 lugar a la exigencia de otorgar remedios, incluyendo el requisito de proporcionar una reparaci\u00f3n y compensaci\u00f3n justa. Pese a utilizar un lenguaje ligeramente diferente, ambas cortes han respaldado la opini\u00f3n de que los remedios requeridos para cualquier violaci\u00f3n deb\u00edan cumplir con el est\u00e1ndar de reparaci\u00f3n plena.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">De esta manera, una de las conclusiones m\u00e1s interesantes es que la mayor\u00eda de las cortes y tribunales internacionales hacen referencia a un principio generalmente muy similar de que una violaci\u00f3n del derecho internacional requerir\u00e1 brindar reparaci\u00f3n plena. Se trata del mismo principio aplicado por los tribunales internacionales de inversi\u00f3n.\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Otra es la tendencia de las cortes y los tribunales internacionales de otorgar remedios en forma de restituci\u00f3n con preferencia a otras formas de reparaci\u00f3n, tales como la compensaci\u00f3n. Esto proviene del est\u00e1ndar de reparaci\u00f3n plena bajo el derecho consuetudinario internacional, pero tambi\u00e9n est\u00e1 estrechamente relacionado con las estructuras institucionales de los tribunales que investigamos en el documento. Todos ellos son tribunales permanentes con una estructura institucional bastante s\u00f3lida, lo que significa que cualquier sentencia de restituci\u00f3n puede ser ejecutada por el tribunal o por el \u00f3rgano pol\u00edtico de un r\u00e9gimen determinado que pueda supervisar el cumplimiento de la sentencia. Puede observarse c\u00f3mo esto podr\u00eda diferir, por ejemplo, con respecto a un laudo de restituci\u00f3n en un r\u00e9gimen m\u00e1s <\/span><i><span style=\"font-weight: 400;\">ad hoc<\/span><\/i><span style=\"font-weight: 400;\"> como el arbitraje de inversi\u00f3n. En este caso, una vez que el decisor toma su decisi\u00f3n, es <\/span><i><span style=\"font-weight: 400;\">functus officio<\/span><\/i><span style=\"font-weight: 400;\"> y no posee facultades duraderas para evaluar el cumplimiento del laudo. En estos casos, podr\u00eda haber una preferencia por otorgar compensaci\u00f3n o alguna forma de reparaci\u00f3n m\u00e1s puntual en lugar de exigir la restituci\u00f3n.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Otra caracter\u00edstica interesante que se desprende de esta revisi\u00f3n de la pr\u00e1ctica de las cortes y tribunales internacionales es la tendencia de muchos de ellos a recurrir a los principios de equidad para cuantificar las p\u00e9rdidas, tanto por los da\u00f1os materiales como inmateriales. Muchos est\u00e1n recurriendo a t\u00e9cnicas equitativas que ellos describen como una especie de balance de consideraciones y enfoques de justicia para evaluar la p\u00e9rdida de los individuos cuyos derechos de propiedad privada se han visto interferidos. A menudo, esto significa que las cortes y tribunales internacionales est\u00e1n ejerciendo un grado importante de discreci\u00f3n para establecer el monto de compensaci\u00f3n apropiado por cualquier da\u00f1o derivado de una violaci\u00f3n del derecho internacional. Por lo general, esto dar\u00e1 como resultado laudos de compensaci\u00f3n m\u00e1s bajos que los observados en un r\u00e9gimen tal como el arbitraje de inversi\u00f3n. Asimismo, esto implica que las cortes y tribunales no necesariamente se encuentran influenciados por las pruebas presentadas por las partes sino que consideran todas las circunstancias f\u00e1cticas que rodean a una violaci\u00f3n determinada, incluyendo, en algunos casos, las circunstancias contextuales propias del Estado y la naturaleza de la violaci\u00f3n en cuesti\u00f3n.\u00a0<\/span><\/p>\n<h1>Q: \u00bfQu\u00e9 lecciones cree Ud. que podr\u00edan extraerse de esta investigaci\u00f3n comparativa para aquellos que procuran desarrollar un nuevo lenguaje en los tratados, o reformas institucionales para abordar el enfoque de los tribunales internacionales de inversi\u00f3n al otorgamiento de compensaci\u00f3n?<span style=\"font-weight: 400;\">\u00a0<\/span><\/h1>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">ES: Uno de los objetivos realmente importantes de este documento es destacar que existen enfoques muy diferentes entre las cortes y los tribunales internacionales en materia de compensaci\u00f3n, y que estos podr\u00edan servir de inspiraci\u00f3n o incluso de advertencia a la hora de considerar c\u00f3mo reformar un determinado r\u00e9gimen de resoluci\u00f3n internacional para modificar su enfoque a la compensaci\u00f3n.\u00a0<\/span><span style=\"font-weight: 400;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Notablemente, como he se\u00f1alado con anterioridad, muchas de estas cortes y tribunales internacionales hacen referencia a una norma similar \u2014el est\u00e1ndar de reparaci\u00f3n plena\u2014 para evaluar la reparaci\u00f3n bajo el derecho internacional. Pero estas normas del derecho consuetudinario internacional se aplican cuando los Estados no estipulan por s\u00ed mismos, en sus tratados, enfoques m\u00e1s espec\u00edficos. De esta manera, los Estados poseen un margen bastante alto de discreci\u00f3n para incluir disposiciones en los tratados que instruyan a las cortes y tribunales internacionales a utilizar determinados enfoques. Por supuesto, deben ser muy espec\u00edficos al hacerlo; y, si pretenden alejarse de la norma del derecho consuetudinario internacional, deben garantizar que el nuevo enfoque se encuentre diferenciado de manera clara y sustancial. Sobre todo, resulta importante que los Estados remarquen que poseen la flexibilidad necesaria para elaborar sus propios enfoques para determinados reg\u00edmenes de resoluci\u00f3n. Tambi\u00e9n podr\u00edan elaborar enfoques m\u00e1s espec\u00edficos para tener influencia en la interpretaci\u00f3n del est\u00e1ndar de reparaci\u00f3n plena, incluso si es aplicado, en la pr\u00e1ctica.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Otra conclusi\u00f3n destacable del estudio comparativo es que muchas cortes y tribunales internacionales est\u00e1n utilizando peritos designados por el tribunal para evaluar la compensaci\u00f3n que deber\u00eda otorgarse a los demandantes en un caso determinado. Esto difiere de la alta dependencia de peritos designados por las partes en el contexto de los arbitrajes de inversi\u00f3n. Determinar las facultades procesales de una corte o tribunal internacional y si dichas facultades comprometen a la corte o al tribunal a hacer uso de peritos designados por el tribunal (y bajo qu\u00e9 circunstancias); y posteriormente, observar c\u00f3mo se maneja el papel de estos peritos, es una forma interesante de enfocar la cuesti\u00f3n de la compensaci\u00f3n desde una perspectiva ligeramente diferente. Igualmente, muchas de estas otras cortes o tribunales internacionales se encuentran m\u00e1s integradas con los procesos nacionales, y a menudo trabajan de manera complementaria con los tribunales nacionales, incluso remitiendo las cuestiones de compensaci\u00f3n a los mecanismos internos para su determinaci\u00f3n. Esta es otra \u00e1rea interesante de reforma posible del sistema de arbitraje internacional.\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n<p><b><i>Para aquellos interesados en este tema y en ideas innovadoras para reformar el enfoque de los tribunales de inversi\u00f3n a la cuesti\u00f3n fundamental de la compensaci\u00f3n, por favor est\u00e9n atentos a la publicaci\u00f3n del documento en curso del IISD sobre este tema.<\/i><\/b><\/p>\n<script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips32','International Institute for Sustainable Development<!--more-->'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips33','Institut international du d\u00e9veloppement durable'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips34','Instituto Internacional para el Desarrollo Sostenible'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips63','Bilateral investment treaty'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips67','Energy Charter Treaty'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips98','Chambre de commerce internationale'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips100','investissement direct \u00e9tranger'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips104','responsabilit\u00e9 sociale des entreprises'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips108','C\u00e1mara de Comercio Internacional'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips110','inversi\u00f3n extranjera directa'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips114','Sistema de Tribunales de Inversiones'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips116','European Commission'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips117','European Union'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips118','Union europ\u00e9enne'); <\/script><script type=\"text\/javascript\"> toolTips('.classtoolTips119','Uni\u00f3n Europea'); <\/script>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El aumento de los montos de compensaci\u00f3n concedidos en los laudos arbitrales en virtud de los tratados internacionales de inversi\u00f3n est\u00e1 suscitando un mayor escrutinio por los m\u00e9todos que utilizan los tribunales internacionales de inversi\u00f3n para otorgar a sumas \u2014en ocasiones asombrosas. A este respecto, surge una pregunta: \u00bfC\u00f3mo se est\u00e1n haciendo las cosas en otros foros? 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